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Ya es constitucional el IVA en alimento para animales

Ministros de la SCJN consideraron que la venta de dichos productos debe ser gravada con un impuesto del 16 por ciento

Escrito en NACIÓN el

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon constitucional la reforma a la ley tributaria que, a partir de enero de 2014, eliminó la tasa cero de IVA a los alimentos procesados para animales, entre ellos mascotas domésticas.

Consideraron que la venta de dichos productos debe ser gravada con un impuesto del 16 por ciento.

Tras la decisión, los ministros resolvieron, por cuatro votos contra uno, negar un amparo a la cadena Wal-Mart de México, quien alegó la inconstitucionalidad de la reforma de 2014, que eliminó la tasa cero de IVA para dichos productos.

Austeridad, pero sin mermar independencia: SCJN

La voluntad legislativa de conceder el beneficio de la tasa cero, buscó en todo momento favorecer la producción y enajenación de los productos destinados a la alimentación humana, sin que en momento alguno la alimentación animal haya sido materia del referido trato preferencial", dijeron los ministros.

Se especificó que no hay excepción para ningún tipo de alimento para animales, ni siquiera para el caso de los equinos, como alegó la trasnacional.

mlmt