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Deslinde de terrenos

Hasta el momento de redactar estas líneas no se conoce quién se encargaría de organizar la consulta para decidir sobre la Central Termoelectrica Huexca. | Ricardo de la Peña

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Escrito en OPINIÓN el

El Ejecutivo federal propuso la realización los días 23 y 24 de febrero de una “consulta ciudadana” para decidir el destino de la operación de la Central Termoeléctrica Huexca, en el municipio de Yecapixtla, Morelos. Hasta el momento de redactar estas líneas no se conoce quién se encargaría de organizar y realizar esta consulta, cómo se realizaría, en qué consistiría, ni cuándo y cómo se conocerían sus resultados. Lo que sí se sabe es que el Instituto Nacional Electoral, a consulta expresa de Movimiento Ciudadano, se deslindó de este ejercicio, demarcando con claridad los terrenos de su competencia legal.

Los límites de la autoridad

El 18 de febrero el Consejo General del Instituto Nacional Electoral estableció que el ejercicio de participación ciudadana previsto para llevarse a cabo en Huexca para determinar la continuidad de operaciones de la termoeléctrica no se encuadra en el marco legal de las consultas en las cuales este instituto tiene una participación conforme lo establecido en el artículo 35 de la Constitución y en la Ley Federal de Consulta Popular.

El Instituto interviene en la verificación de apoyos de las iniciativas ciudadanas o de las consultas populares “sobre temas de trascendencia nacional” cuando éstas son solicitadas por un número determinado de ciudadanas y ciudadanos, y en la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de las consultas populares una vez que la pregunta es validada en su constitucionalidad por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, siempre y cuando esté en concordancia con la normatividad vigente.

La certeza en los resultados

El ejercicio convocado para la termoeléctrica de Huexca no es una consulta popular como las que garantiza la Constitución, pues no responde a ninguno de los mecanismos de participación ciudadana establecidos en el marco legal mexicano, no contempla su aprobación por parte del Congreso de la Unión y la Suprema Corte ni tiene coincidencia temporal con una elección federal y, por ende, no supone el involucramiento de la autoridad administrativa electoral para su realización.

Esta posición del Instituto Nacional Electoral no supone la descalificación del ejercicio al que está convocándose, pero es el gobierno federal el que deberá explicar la base legal de la misma, las atribuciones de quienes la organicen y el alcance de sus resultados.

Esto lleva a tener que recordar que la organización de los procesos electorales y de los mecanismos de participación ciudadana en México es el resultado de una construcción colectiva de más de tres décadas que ha permitido que estos ejercicios estén hoy día sujetos a reglas precisas, transparentes, conocidas y que se garantice que su resultado sea producto de la decisión de toda la ciudadanía. Las autoridades no debieran llevar adelante acciones que pongan en riesgo la seriedad, credibilidad y certeza en resultados de estas herramientas, so pena de debilitar nuestra democracia.

Del período de Gobierno

@ricartur59 | @OpinionLSR | @lasillarota